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sábado, 2 de mayo de 2026
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    Liwe (Inside) devengó 418.000 euros al pago en metálico a su consejo de administración

    El presidente ejecutivo, Juan Carlos Pardo, percibió 141.000 euros, y los vicepresidentes y consejeros ejecutivos recibieron 112.000 y 113.000 euros, respectivamente

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    Liwe Española ha remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) su informe anual sobre las remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025. La compañía devengó una retribución total en metálico para su consejo de administración de 418.000 euros, cifra que se mantiene dentro del límite máximo anual de 600.000 euros aprobado por la Junta General de Accionistas el 25 de junio del pasado año.

    El informe destaca que la sociedad no aplica ningún tipo de remuneración variable, remuneraciones en especie ni sistemas de ahorro a largo plazo para los miembros de su órgano de gestión.

    La estructura retributiva se divide entre consejeros ejecutivos, que perciben una remuneración fija en función de sus contratos de alta dirección, y consejeros no ejecutivos, con una asignación fija anual de 12.000 euros por su pertenencia al consejo. Según el detalle individual, el presidente ejecutivo, Juan Carlos Pardo Cano, percibió 141.000 euros, mientras que los vicepresidentes y consejeros ejecutivos José Ángel Pardo Martínez y Juan Carlos Pardo Martínez recibieron 112.000 y 113.000 euros, respectivamente.

    Por su parte, los consejeros independientes y la consejera dominical percibieron la asignación fija establecida, con la excepción de María Dolores Pardo Martínez, cuya retribución total ascendió a 16.000 euros al incluir pagos por sus funciones como empleada hasta el 14 de febrero de 2025.

    El documento, aprobado por el consejo de administración el pasado 30 de marzo, recoge asimismo que en la última votación consultiva sobre el informe de remuneraciones del ejercicio anterior se obtuvo un respaldo del 100% de los votos emitidos, representativos del 80,29% del capital social. La política vigente no contempla excepciones temporales ni se han producido desviaciones en el procedimiento establecido para su aplicación durante el ejercicio de referencia.

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