Condenan al liquidador de una empresa de San Pedro por inventarse una Junta Universal de Socios

La sentencia implica seis meses de cárcel, multa de 900 euros y costas del proceso

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La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del juzgado de lo Penal de Cartagena que condenó a seis meses de cárcel y multa de 900 euros al liquidador de una empresa constructora de San Pedro del Pinatar que dio por aprobado el balance final en una Junta Universal de Socios que no se había celebrado.

La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso del acusado, que expuso, entre otras alegaciones, que esa conducta suponía una irregularidad no incardinable en ningún tipo penal y que era frecuente que en la mercantil se tomaran decisiones con cierta informalidad.

También expuso que antes de dar trámite a la liquidación lo comunicó de manera verbal a los socios, que no pusieron reparos, y que su decisión no produjo perjuicio alguno a los socios, como se indicaba en la sentencia recurrida.

La Sala ha desestimado todos sus argumentos exculpatorios, y con respecto a esto último, recalca que el delito de falsedad en documento mercantil, por el que fue condenado, no exige que se produzca un daño para darlo por cometido.

La sentencia condena en costas al apelante, incluidas las de la acusación particular, que participó en esta causa en defensa de un socio que estaba en desacuerdo con su actuación.

Y añade que su intervención no fue superflua o innecesaria, sino decisiva para dictar la sentencia condenatoria, ya que el fiscal pidió la absolución.

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