La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por una empresa agrícola contra la multa de 117.400 euros, que le impuso la Comunidad Autónoma por la destrucción del yacimiento arqueológico Playa del Castillico, en Cartagena.
La sentencia condena a la empresa recurrente al pago de las costas causadas, si bien las limita a cinco mil euros.
En su recurso, la sociedad sancionada alegó que los trabajos de explanación realizados en la finca no habían afectado al yacimiento y que, en todo caso, la infracción no sería grave, como la calificaba la Administración, sino leve.
También expuso en su descargo que, de haberse cometido alguna infracción de las recogidas en la Ley de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia el responsable sería el arrendatario de los terrenos, que era quien llevó a cabo las labores de explanación.
La Sala desmonta esa última argumentación exculpatoria al señalar que en el contrato de arrendamiento se autorizaba al arrendatario a efectuar trabajos que de realizarse, lo que ocurrió, podrían conllevar la destrucción del yacimiento.