El Tribunal Supremo ha declarado procedente un despido justificado mediante pruebas ilícitas obtenidas a través de grabaciones de video. En una sentencia fechada el 28 de enero de 2026, el alto tribunal estimó el recurso de la empresa Serveo, que impugnaba una resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que había anulado el despido por considerar que las grabaciones vulneraban derechos fundamentales.
El caso se refiere a un trabajador que fue despedido tras ser grabado robando material de la empresa, en un centro de trabajo donde las cámaras de seguridad estaban visibles y señalizadas. El trabajador, además, era responsable del mantenimiento de dichas cámaras, por lo que tenía conocimiento de su existencia. Aunque el TSJPV había calificado las grabaciones como ilícitas debido a la vulneración de derechos fundamentales, el Supremo concluyó que el despido era procedente debido a la confesión del trabajador y a que la buena fe contractual había sido vulnerada.
El Supremo subrayó que, aunque la obtención de pruebas de forma ilícita, como en este caso con las grabaciones, puede no ser admitida en algunos contextos, la confesión del trabajador, que reconoció los hechos y devolvió el material robado, ratifica la validez de la prueba en este caso. Además, el tribunal destacó que las cámaras de seguridad eran proporcionadas, necesarias y justificadas, ya que había sospechas fundadas sobre una conducta irregular del trabajador.
El Tribunal Supremo señaló que el despido disciplinario estaba justificado por el grave abuso de confianza del trabajador, quien se había apropiado de materiales de la empresa, lo que vulneraba la buena fe contractual y hacía necesario el despido.
