La empresa propietaria de una gasolinera, ubicada en la capital murciana, deberá indemnizar con algo más de seis mil euros a un cliente que sufrió la avería de su vehículo al repostar combustible que se encontraba en mal estado y que obligó a sustituir varios componentes del sistema de inyección.
Así se dispone en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que desestima el recurso que la demandada presentó contra la resolución condenatoria dictada por un juzgado de Primera Instancia de esa capital.
En su recurso de apelación, la empresa alegó que no estaba debidamente probado que el carburante causante de la avería se le hubiera suministrado en esa gasolinera, ya que podía proceder de un repostaje posterior realizado en otra, además de señalar que aquella pudo haberse producido por un agente externo.
Al desestimar el recurso, el tribunal dice que lo hace porque la prueba pericial incorporada a las actuaciones demostró debidamente que el combustible estaba en mal estado, lo que se advirtió por la suciedad que presentaba, su olor y un aspecto que no era el normal.
La indemnización de los seis mil euros incluye los gastos de reparación del vehículo y los del peritaje que se realizó.