La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un camionero contra la sentencia del juzgado de Cartagena que declaró procedente su despido por trabajar en un gimnasio cuando estaba de baja.
La sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la empresa de transportes tomó esa decisión cuando llevaba seis meses de baja por un dolor abdominal y tras descubrir aquella actividad, que incluía el ejercicio de monitor de fitness.
El seguimiento de que fue objeto por un detective privado permitió descubrir esa conducta, constitutiva de un abuso de confianza y transgresión de la buena fe contractual, lo que justifica la procedencia del despido, recalca el TSJRM.
Y añade que el trabajador tenía indicado que debía mantener un descanso relativo, lo que incumplió al ejercer aquella actividad.
La sentencia comenta también que el demandante solía acudir al gimnasio al volante de un coche, sin que se apreciara en él dificultad alguna, y que colgaba en las redes sociales los entrenamientos que realizaba.
