La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado este martes el resumen sobre sus actuaciones relacionadas con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) durante el mes de junio.
En este sentido, reseña que el Ayuntamiento de Cartagena, junto al de Oviedo, ha denegado a Lyntia Networks su solicitud de licencia para instalar fibra óptica en el municipio.
Estas restricciones, subraya Competencia, no están basadas en ninguna razón imperiosa de interés general y, por tanto, vulneran el artículo 5 de la LGUM.
Al respecto, la CNMC recuerda que este tipo de denegaciones debe justificarse de acuerdo con el Decreto 330/2016. Además, la Administración debe ofrecer otras alternativas viables al operador.
Tras recibir la reclamación, el Ayuntamiento de Cartagena ha emitido un informe favorable a Lyntia Networks. Se entiende, por tanto, que ya le ha otorgado la licencia.
Asimismo, la Comisión señala en su resumen que, de nuevo el consistorio cartagenero, junto a los ayuntamientos de Écija e Ibi, han denegado, mediante silencio administrativo negativo, una solicitud para desplegar fibra óptica en sus municipios.
La CNMC considera necesario que los Ayuntamientos resuelvan la petición y justifiquen su decisión.