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jueves, 19 de febrero de 2026
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    Facua denuncia a Ryanair, Iberia, Transavia y Wizz Air por imponer fechas límite en sus tarjetas regalo

    Las aerolíneas son acusadas de prácticas abusivas que limitan los derechos de los consumidores

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    Facua-Consumidores en Acción ha interpuesto una denuncia contra las aerolíneas Ryanair, Iberia, Transavia y Wizz Air ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por imponer fechas límite para el uso de sus tarjetas regalo. La organización ha solicitado también la apertura de expedientes sancionadores contra las compañías implicadas.

    Según Facua, la imposición de una fecha de caducidad para las tarjetas regalo, que implica la pérdida del saldo cargado si no se utiliza en el plazo establecido, constituye una práctica abusiva. La asociación considera que esta cláusula limita injustificadamente los derechos del consumidor y refleja una falta de reciprocidad contractual. En su denuncia, Facua resalta que, con esta medida, las aerolíneas tienen la facultad de resolver unilateralmente el contrato al vencer el plazo, apropiándose del saldo abonado sin haber prestado servicio alguno al consumidor.

    Facua ha recordado que en 2011, la Comisión de Cooperación de Consumo ya determinó la abusividad de estas cláusulas en las tarjetas regalo de diversas empresas, considerando que constituían condiciones generales impuestas sin negociación individual y en detrimento del consumidor. En ese sentido, la Junta de Andalucía impuso una multa de 20.000 euros a una cadena textil por vender tarjetas regalo con fecha de caducidad.

    En el caso específico de Ryanair, Facua también denuncia la imposición de una «tasa administrativa» adicional, que varía dependiendo del formato de la tarjeta (dos euros para formato digital y cinco euros para formato físico). Según la organización, esta tasa es otra práctica abusiva, pues carece de justificación objetiva y representa un coste adicional para el consumidor sin ninguna prestación asociada.

    Facua hace referencia al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que regula la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En su artículo 87, esta normativa establece que son abusivas las cláusulas que generen falta de reciprocidad en el contrato y que perjudiquen al consumidor, permitiendo al empresario quedarse con el dinero abonado por prestaciones no realizadas. Además, el artículo 89 también considera abusivas las tasas o recargos no solicitados, como la mencionada por Ryanair, ya que no corresponden a prestaciones adicionales y no son claramente separadas o explicadas.

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