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lunes, 29 de diciembre de 2025
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    WiZink y Vodafone-Lowi, condenadas a devolver a un cliente lo defraudado con un duplicado de su tarjeta SIM

    Según la sentencia, "la negligencia e incumplimiento de las codemandandas, sin que quepa distinguir porcentajes de culpa", dieron lugar al daño causado al demandante, del que deben responder solidariamente.

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    WiZink Bank y Vodafone-Lowi han sido condenados a abonar 4.047,91 euros a un cliente de la entidad bancaria al que le fue sustraída esta cantidad mediante el ‘SIM swapping’, fraude consistente en hacerse con un duplicado de su tarjeta SIM para acceder a sus aplicaciones bancarias y hacer operaciones.

    La titular del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid estima íntegramente en una sentencia la demanda del afectado y declara la responsabilidad de WiZink Bank por incumplimiento de sus obligaciones y de Vodafone-Lowi.

    Según la sentencia, «la negligencia e incumplimiento de las codemandandas, sin que quepa distinguir porcentajes de culpa», dieron lugar al daño causado al demandante, del que deben responder solidariamente.

    En este sentido, señala que «sin portabilidad, no pudo haber acceso a WiZink y sin el incumplimiento por parte de WiZink de las medidas de autenticación a que viene obligada legalmente, no pudieron darse las disposiciones fraudulentas«.

    El demandante, cuando estaba de viaje en el extranjero, detectó movimientos que él no había hecho en cuentas con otra entidad y se puso en contacto con su operador, que le dijo que en los días anteriores se había efectuado la portabilidad de la línea que tenía con ellos a Lowi, filial de Vodafone.

    La línea móvil estaba vinculada a las cuentas bancarias y a medios de pago.

    El cliente sí fue alertado por la entidad en la que detectó la creación de una cuenta nómina y el traspaso a ésta de cantidades que tenía en otra, ya que recibió correos electrónicos, pero no así de los movimientos que se hicieron con las tarjetas que tenía con WiZink, que no mandó correos y los mensajes de móvil no los podía ver porque la línea telefónica le había sido usurpada.

    A través de las dos tarjetas que tenía con WiZink, al demandante se le hicieron cargos por 1.048,35 euros, 2.500 euros y 499,56 euros.

    Para la jueza, Lowi tiene unos requisitos realmente laxos para tramitar portabilidades y emitir duplicados de tarjeta SIM, permitiendo el envío a cualquier dirección postal y su recepción por cualquier persona.

    En el caso de WiZink, dice que permite el cambio de credenciales únicamente con el DNI y puesto que la línea telefónica asociada ya no la manejaba el demandante, los defraudadores pudieron cambiar las claves de acceso y distraer cantidades, al recibir los códigos para hacer las operaciones en el teléfono.

    La sentencia considera que, aunque el fraude se hiciera con un duplicado de la SIM, la entidad bancaria es responsable también por no haber desplegado todas las medidas ni haber atendido las primeras reclamaciones del demandante.

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