La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso de una empresa de frutas y conservas contra la sentencia que respaldó la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de imponerle un recargo del 40% de las prestaciones por el accidente de un trabajador al que cayó sosa cáustica sobre cara y cuello.
La sentencia de la Sala desestima así el recurso de la empresa apelante, que aseguró que el suceso se produjo por la actuación imprudente del perjudicado.
El juzgado declaró acreditado que el trabajador sufrió lesiones de tal gravedad que acabó siendo declarado en situación de incapacidad permanente para toda clase de trabajo.
En cuanto a los hechos, expuso que el hombre desarrollaba su actividad en una máquina de pelado químico de melocotón y que se ocupaba de alimentarla con la sosa. Al accionar el botón que permitía su llenado el cristal a través del cual se visionaban los niveles se rompió, derramándose el producto sobre su cara y cuerpo.
El juzgado añadió que tras el accidente la empresa procedió a colocar un panel de PVC en la mirilla del depósito como protección adecuada frente a ese riesgo de proyección de la sosa y un tubo aliviadero.
Para la Sala, eso demuestra «el carácter inadecuado de las condiciones en las que funcionaba la máquina con anterioridad al accidente de trabajo».