Una empresa con sede en Alguazas deberá devolver la cantidad de 167.000 euros que recibió de la Comunidad Autónoma de Murcia para la instalación de un sistema fotovoltaico de autoconsumo. El motivo: haber superado el límite máximo de ayudas fijado en la convocatoria.
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha dictado sentencia confirmando la decisión de la administración, que había requerido el reintegro del dinero recibido, al considerar que la empresa había incumplido las bases de la convocatoria. Esta normativa establece que las ayudas recibidas en el año de concesión y en los dos ejercicios siguientes no pueden superar el umbral de 200.000 euros. Sin embargo, la empresa había sobrepasado esa cantidad, lo que ha originado la sanción económica.
En su defensa, la empresa alegó que no fue informada sobre este límite de ayudas, conocido como minimis, y cuestionó la prescripción y caducidad del caso. Sin embargo, el TSJRM desestimó todas las alegaciones, aclarando que la convocatoria era suficientemente clara sobre los requisitos. De acuerdo con el tribunal, la empresa incumplió las condiciones establecidas, lo que justifica la exigencia de devolver los 167.000 euros junto con los intereses legales.
El fallo también incluye la condena a la empresa al pago de las costas judiciales derivadas de su recurso, aunque las limita a 2.000 euros.