La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un trabajador contra la sentencia que respaldó la sanción de 16 días de suspensión de empleo y sueldo que le impuso su empresa por su conducta en el desarrollo de su labor.
En la carta en la que se le comunicó la sanción se recogía que los hechos se produjeron en las instalaciones que la empresa posee en otro país europeo, cuando en varias ocasiones lanzó la carretilla que manejaba contra unos bidones.
Además, se recogía que cuando un compañero y su jefe le hicieron ver que su conducta no era la adecuada, les respondió de malas maneras.
La Sala, en coincidencia con el juzgado de lo Social de Murcia que dictó la resolución recurrida dice que la sanción impuesta está ajustada a derecho y es proporcional a las faltas cometidas.
La sentencia, según se indica en la misma, no es firme, ya que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.