La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por la trabajadora de una empresa cartagenera, contra la sentencia del Tribunal de lo Social de Cartagena que absolvió a ésta y a su jefa por acoso laboral. La demandante alejaba que la habían represaliado por las observaciones hechas sobre asuntos internos de la mercantil.
La sentencia del TSJRM coincide con el juzgado de lo Social de Cartagena que dictó la resolución recurrida, en la que se dictaminó que no existió acoso laboral alguno ni vulneración de derechos fundamentales u hostigamiento.
Y añade que lo único que existe es una mala relación entre la demandante y su superiora jerárquica, sin vulneración de derecho constitucional alguno.
El juzgado, en la sentencia que ahora se ve respaldada por el TSJRM, declaró probado que la trabajadora se sintió acosada cuando la empresa le propuso cambiar de puesto, lo que no aceptó, y cuando le comunicaron que pasaba a depender jerárquicamente de otra jefatura.